Diez motivos para mantener la colegiación obligatoria de los administradores de fincas

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¿Por qué es importante contar con un administrador de fincas colegiado? ¿Cuál es la importancia de la colegiación en esta profesión? A esa clase de retos responde artículo, fundamentado en una información del Colegio de administradores de Fincas de Asturias.

1) La primera razón de este decálogo está vinculada con la seguridad física y jurídica de las personas: la norma reserva la colegiación obligatoria para aquellas profesiones que tienen relación con la salvaguarda de intereses generales, la protección de la salud y la seguridad física y jurídica de los consumidores y usuarios. Todos estos requisitos son cumplidos por los Administradores de Fincas, que desarrollan una función social, al ser responsables del uso, mantenimiento y rehabilitación de las viviendas.

2) La actividad profesional de los colectivos de fincas tiene un «indudable interés general debido a que en España la vivienda es el principal bien material de los ciudadanos y de sus familias».

3) El tercer eje de esta reivindicación de se centra en que la desaparición de la colegiación obligatoria y la no exigencia de titulación profesional para el ejercicio de esta actividad privaría a las Administraciones Públicas competentes en políticas de vivienda del único profesional que tiene el cometido de aplicarlas y tomar las medidas necesarias para promover la implantación en los inmuebles administrados de las políticas y actuaciones en materia de conservación, seguridad, accesibilidad, habitabilidad, sostenibilidad y eficiencia energética en el ámbito inmobiliario.

4) Los colegios de administradores han trabajado siempre para el conjunto de la sociedad, formulando de manera permanente propuestas para mejorar los diferentes aspectos legales que afectan en todo lo referente a la vivienda.

5)La titulación profesional es una garantía para el usuario: El reconocimiento de los estudios universitarios para el acceso a la profesión de Administrador de Fincas, a través de un título oficial y homologable en todo el territorio español, proporciona las debidas garantías académicas para el acceso a la profesión.

6) La apuesta de los colegios profesionales por la colegiación es la sexta máxima que conforma el decálogo. A través de un colegio profesional se garantiza la formación permanente, el control deontológico de sus actuaciones y servicios a los consumidores, y lo que es aún más importante la cobertura obligatoria por responsabilidad civil y un seguro de caución, a fin de responder de sus actuaciones profesionales y de los fondos gestionados de terceros.

7) El mantenimiento de la colegiación obligatoria tiene que ver con la protección de los consumidores. Los Administradores de Fincas colegiados gestionan la inmensa mayoría de la inversión privada española en conservación y mantenimiento de edificios y más de 86.000 empleos directos vinculados a las comunidades de propietarios, así como un volumen incalculable de empleo en las empresas que prestan sus servicios en la conservación y mantenimiento de inmuebles.

8)La aportación a la economía de los Administradores de Fincas es muy considerable y debe ser objeto de especial protección; en España existen actualmente más de 15.000 Administradores de Fincas colegiados que administran y gestionan el 80% del parque total de viviendas de España.

9) Según un informe del CEPI (Consejo Europeo de Profesiones Inmobiliarias), la actividad profesional de la Administración de Fincas no está, en modo alguno, liberalizada o desregulada en todos los países de nuestro entorno.

10) En último término desde el Colegio de Asturias, señalan que la estructura colegial de los Administradores de Fincas ha actuado siempre de forma coordinada ante casos de emergencia, ejerciendo una importante labor social apoyando a las Administraciones Públicas y a los ciudadanos.

Fuente de imagen: Sever Administraciones
Fuente de contenido: ine.es